El caso de la extradición de ‘Santrich’ causa la primera división en la JEP por la decisión de pedirle a Estados unidos pruebas para decidir sobre la situación del narcoterrorista. (Oiga mire que: Iván Cepeda amenaza a su propio ‘testigo’)

Al pedirle a Estados Unidos que les envíe las pruebas que justifican el pedido de extradición de ‘Seuxis Paucias Hernández Solarte’, alias ‘Jesús Santrich’, la Jurisdicción Especial para las Farc (JEP) estaba desconociendo la autoridad judicial extranjera.
Una magistrada de la Sección de Revisión del Tribunal Especial para la Paz de la JEP se apartó de esa decisión y otra de las togadas argumentó que no es claro el objetivo de pedir estas pruebas.
La magistrada de esa Sección Claudia López consideró que la decisión adoptada desconoció no sólo la autoridad judicial extranjera sino también los tratados internacionales sobre cooperación judicial internacional «pues dudó de la legalidad del indictment presentado» por los Estados Unidos.
Según la magistrada, «invade la jurisdicción penal de los Estados Unidos de América, pretendiendo así dar curso a un procedimiento penal ordinario paralelo».
Y agregó que la garantía de no extradición es un procedimiento en el que la Sección de Revisión puede ejercer sus facultades probatorias pero de “manera limitada”.
Por ello señaló que las pruebas “son impertinentes, inconducentes e inútiles, por cuanto corresponden a la dinámica de un proceso penal ordinario adversarial y no a un trámite de extradición de origen continental europeo, como el que rige en Colombia”.
Por su parte, la magistrada Gloria Amparo Rodríguez se apartó parcialmente de la decisión pues consideró que no es preciso el objeto de pedir dichas pruebas a Estados Unidos y no se empleó el estándar adecuado que se requiere para proceder a evaluar la solicitud de garantía de no extradición.
Fuente: El Tiempo. (25 de octubre de 2018).
Caso de extradición de Santrich causa primera división en la JEP
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