Inamovibles

Algunos muy queridos amigos nos han pedido la lista de temas que no pueden ser motivo de discusión y cuánto menos de aprobación con las FARC. Para ellos van estos puntos que consideramos, como el título lo dice, Inamovibles

Columna de Fernando Londoño publicada en el diario Las 2 Orillas el 31 de octubre de 2016.

  1. Los acuerdos con las FARC no son, ni pueden ser, Acuerdos Especiales de los previstos en el artículo tercero de los Protocolos de Ginebra. Las FARC no son, ni pueden ser, persona jurídica de Derecho Internacional, ni su desmovilización puede tener el alcance de normas previstas para hacer menos cruel una guerra o un conflicto interno.
  2. Los acuerdos con las FARC no se pueden incorporar, a ningún título, a la Constitución Política de Colombia. Tanto menos, otorgarles valor meta o supraconstitucional.
  3. No es admisible, de ningún modo, la CSVR, una comisión de seguimiento integrada por las FARC y el Gobierno, con intervención de Noruega, Chile, Cuba y Venezuela, que tendría poderes legislativos, ejecutivos y judiciales. El cumplimiento de los acuerdos será asunto del Derecho Interno de Colombia.
  4. La política Agraria del país no puede quedar en manos de lo que dispongan Timochenko y Santos. La cuestión es del más hondo calado para el presente y el porvenir de la República y no se puede resolver en Acuerdos de esta naturaleza.
  5. Colombia se juega su suerte en su política de lucha contra las drogas. Este gobierno nos ha convertido de hecho en un narco-Estado. No es tolerable que semejante asunto se resuelva con el mayor cartel de la droga en el mundo y de espaldas a la Nación.
  6. Los postulantes a la reinserción no pueden tener un fuero especial para su juzgamiento y condena. Las reglas que a propósito se dicten, para estimular su rendición, tienen que ser excepcionales y sometidas a nuestro Derecho Sustantivo y Procesal.
  7. Ni los civiles, ni los militares, ni los agentes del Estado, pueden quedar sometidos a un Tribunal conformado para juzgar delincuentes que se reincorporan a la vida civil. La disculpa del paramilitarismo no puede aceptarse como fuente de legitimidad para ese intento.
  8. Las penas que se impongan a los reinsertados, pueden ser amnistiadas o indultadas, en cuanto lo permitan el orden jurídico de la Nación y el Derecho Internacional. Los delitos atroces, o de lesa humanidad, o como se los quiera llamar, tendrán penas efectivas privativas de la libertad, que pueden ser más benignas en su alcance y favorables en cuanto a los sitios de reclusión.
  9. Los delincuentes que hayan cometido delitos atroces, no podrán ser elegibles para el Congreso de la República, en ningún tiempo.
  10. El orden jurídico territorial del país no es negociable. No se balcanizará la República, ni se crearán autoridades nuevas, ni se someterá la soberanía nacional al escrutinio de las llamadas “partes” y cuanto menos a países u organizaciones internacionales de ningún género.
  11. Las víctimas tienen que ser reparadas con indemnizaciones efectivas y reales, y no con discursos ni esfuerzos dialécticos. Los patrimonios de los delincuentes serán perseguidos y secuestrados y embargados, de acuerdo a las leyes.
  12. Los que se reincorporen a la vida civil no recibirán armas de la Nación, a ningún título, para ningún efecto y con ningún pretexto.
  13. No es negociable la estructura ni el funcionamiento de las organizaciones privadas de seguridad.
  14. Los menores de edad que se encuentren en poder de las FARC, serán devueltos sin ninguna dilación.
  15. Las FARC darán cuenta exacta de todos los secuestrados que tengan en su poder. Los cuerpos de los que hayan muerto en cautiverio serán devueltos a sus familias.
  16. Será responsabilidad de las FARC denunciar todas las minas antipersona que tengan sembradas en cualquier parte del territorio nacional, y deberán contribuir eficazmente a su desminado.
  17. Las FARC entregarán al Estado los bienes y el dinero que tengan en cualquier parte del mundo. De no hacerlo, perderán todas las ventajas que el Acuerdo Final les otorgue.
  18. La persistencia de las FARC en la comisión de los delitos que han venido perpetrando, tales como secuestro, extorsión, reclutamiento de menores, narcotráfico, explotación minera, acciones terroristas de cualquier género, dejará sin efecto el Acuerdo y las someterá a las penas previstas en la Ley para la comisión de esos delitos.

Dejamos constancia de que hay muchos subtemas que no se tratan, en cuanto quedan amparados por la eliminación en el Acuerdo del asunto que los origina. Así, por ejemplo, todo lo atinente al Régimen Agrario del País o a la Justicia establecida para juzgar civiles, militares o agentes del Estado, queda resuelto con la eliminación de esos puntos del debate.

Un comentario

  1. Ni un paso atrás. Que el gobierno y los negociadores de las Farc reconozcan y respeten el resultado del plebiscito, por ese mismo veredicto de las urnas el «trillado» acuerdo de las 297 paginas no tiene ni puede ser acogido.

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